Cuestiones procesales del procedimiento monitorio regulado en el Código del Trabajo y la forma de proceder en los casos de aplicarse las normas sobre régimen de subcontratación

Autores

  • Fernando Orellana Torres Universidad Católica del Norte

Resumo

Se presenta la función y estructura del procedimiento monitorio, para luego centrarse en la particularidad de su iniciación (496 CT), vale decir, el requisito de comparendo previo ante la Inspección del Trabajo, en base a ello y desde la perspectiva del debido proceso, se estudia la problemática de las responsabilidades contempladas en el régimen de subcontratación, concluyéndose que es necesario que los terceros subsidiaria o solidariamente obligados sean oídos también en la etapa administrativa.

Palavras-chave:

Procedimiento monitorio, debido proceso, audiencia de conciliación, inspección del trabajo, bilateralidad de la audiencia, subcontratación

Biografia do Autor

Fernando Orellana Torres, Universidad Católica del Norte

Abogado. Profesor de Derecho Procesal, Escuela de Derecho, Universidad Católica del Norte (Antofagasta). DEA y Candidato a Doctor en Derecho Procesal por la Universidad de Zaragoza, España. Abogado (1995).