Revista Chilena de Historia del Derecho
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Historia; Derecho;Chile; RevistaUniversidad de Chile. Facultad de Derechoes-ESRevista Chilena de Historia del Derecho0716-5447Dos artículos inéditos sobre Andrés Bello de Alamiro de Ávila Martel
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Se publican dos artículos inéditos de Alamiro de Ávila Martel que ofrecen una perspectiva adicional sobre sus intereses bellistas, que sirven más para entenderlo como intelectual, que para estudiar la misma figura de Bello, ya que ambos trabajos, hoy, no ofrecen mayor novedad en la materia.Felipe Vicencio Eyzaguirre
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2022-09-202022-09-20226ág. 447462La testamentaría de Andrés Bello
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Los desconocidos, hasta ahora, expedientes particionales de Andrés Bello constituyen un descubrimiento que abre nuevas posibilidades para el estudio de los negocios jurídicos de los cuales fue parte con ocasión de su deceso, de aspectos desconocidos de sus relaciones de familia, de la mantención de sus relaciones sociales incluso a su muerte, y de su decisión de morir intestado. Por otro lado, nos entrega detalles sobre su intimidad: fortuna y vida doméstica, incluso de sus recuerdos más queridos. Describiremos y analizaremos dos expedientes, el primero, que remite a lo ocurrido inmediatamente a la muerte del codificador, custodiado en la Biblioteca de la Excma. Corte Suprema de Justicia en Santiago, y el segundo, ocurrido un par de décadas después, producto de la publicación de La Filosofía del entendimiento y Poema del Cid, en el Archivo Nacional Histórico de Chile.Claudia Castelleti Font
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2022-09-202022-09-20226ág. 463558Cultura jurídica chilena en la Gaceta Judicial colombiana (período 1935-1940)
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El autor indaga en la recepción de la cultura jurídica chilena en Colombia con ocasión de la adopción de un Código Civil basado en el de Chile. Analiza al efecto las referencias que se hallan en la Gaceta Jurídica de ese país a la jurisprudencia doctrinal de Chile y a la repercusión de ella en aquel ambiente jurídico. Aparecen en sus páginas citas y obras de los juristas chilenos Luis Claro Solar, Arturo Alessandri Rodríguez, Fernando Alessandri Rodríguez, Alfredo Barros Errázuriz, Lorenzo de la Maza Rivadeneira, David Stitchkin Branover y otros.Ezequiel Abásolo
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2022-09-202022-09-20226ág. 559568El informe de José Antonio Rodríguez Aldea sobre la unión del Seminario Conciliar del Santo Ángel de la Guarda de Santiago de Chile con el Instituto Nacional (1819)
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Este estudio intenta analizar pormenorizadamente la publicación de José Antonio Rodríguez Aldea, de 1819, titulada La reunión del Colegio Seminario al Instituto Nacional justificada en el hecho y en el derecho. Al efecto, da cuenta de los antecedentes que motivaron el referido impreso, en especial, el conflicto suscitado con ocasión del intento de restablecimiento del Instituto Nacional unido al Seminario Conciliar, en el año 1819. Se analizan los argumentos y la bibliografía utilizada por el autor, demostrativa de su cultura jurídica, que no era otra que la hispano-indiana. Esta, a su vez, se hallaba teñida del pensamiento católico ilustrado que había florecido en España, con características de regalista, historicista y reduccionista de las facultades de la Curia Romana, mostrando proclividad al conciliarismo. Se subraya la ilustrada formación de José Antonio Rodríguez en el Real Colegio Mayor de San Carlos y en la Real y Pontificia Universidad de San Marcos, haciéndose hincapié en el desarrollo cultural que exhibía la ciudad de Lima, uno de cuyos más conspicuos exponentes era Toribio Rodríguez de Mendoza. Todo ello ha permeado la redacción de la publicación aludida. Antonio Dougnac Rodríguez
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2022-09-202022-09-20226ág. 569644La visita judicial nacional en Chile: 1848-1849Una experiencia de frontera entre justicia lega y letrada
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El estudio problematiza la experiencia de la Visita Judicial Nacional en Chile. La fiscalización fue emprendida entre 1848 y 1849 por Antonio Varas, entonces Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública, respecto de los juzgados legos (de alcaldes, subdelegados e inspectores) de Colchagua, una de las mayores provincias del país. A partir de los reportes que derivó el visitador al Ministerio, el artículo identifica las características de esta empresa inconclusa (el visitador renunció tras visitar dos de las nueve provincias comprometidas en la fiscalización) y analiza las zonas fronterizas entre prácticas judiciales legas y fiscalización letrada.Víctor Brangier
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2022-09-202022-09-20226ág. 645664Apuntes para el estudio de la literatura jurídica sobre derecho indígena en Chile en el período de división de las comunidades indígenas y constitución de propiedad individual (1930-1993)
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Terminada la etapa de las radicaciones de los indígenas en Chile, a partir de 1930 y hasta 1993, la legislación dictada respecto de los naturales tuvo como objetivo regularizar la tenencia, posesión y propiedad de la tierra en la llamada zona austral y por otro lado, dividir la propiedad comunitaria indígena, constituyendo una propiedad individual. Se analiza el aporte de los juristas chilenos en torno a la aplicación práctica de esta normativa.Oscar Dávila Campusano
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2022-09-202022-09-20226ág. 665676Manuel Hidalgo plaza dentro de los procesos constituyentes de 1925
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Manuel Hidalgo Plaza es una figura relativamente desconocida de la historia política chilena, pero para quienes si lo reconocen, saben de su magnitud tanto en la conformación del movimiento obrero chileno como fuerza políticamente organizada, como de la polémica existente en torno a su real compromiso con el mismo, generada en buena parte por la historiografía fiel a la ortodoxia comunista. Este artículo busca, por medio de una reconstrucción biográfica preliminar y, fundamentalmente, por medio de la recopilación de su actuación durante el proceso constituyente de 1925, demostrar el compromiso de Hidalgo con ideas que con el tiempo decantarían como “socialdemócratas”, mostrando en ese sentido su vinculación con el ideario político basal y real de Luis Emilio Recabarren, del cual fue leal escudero durante la época del Partido Obrero Socialista (en adelante, POS) y aún después, ya habiéndose transformado éste en el Partido Comunista de Chile (en adelante, PCCh). René Larroucau Toro
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2022-09-202022-09-20226ág. 677714Chile y Japón en la visión del diplomático Francisco Javier Herboso España
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En atención al avance del Japón a raíz del acceso al poder de la dinastía Meiji, hubo interés en Occidente por contactarse diplomáticamente con ese país. Chile inicia sus relaciones en 1897, refiriéndose el autor a los diplomáticos destacados allí entre 1910 y 1920. De estos pone de relieve la actuación de Francisco Javier Herboso España (Quillota, 1861 - Tokio, 1915), quien contribuyó eficazmente al intercambio comercial (en especial, exportación de salitre), al establecimiento de empresas niponas en Chile y al favorecimiento de una eventual inmigración.José Antonio González Pizarro
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2022-09-202022-09-20226ág. 715730Confluencia histórico-normativa entre los sistemas de registro de la propiedad de España y de Chile
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El presente trabajo tiene por objeto establecer una relación o confluencia histórico-normativa entre los sistemas de registro de la propiedad de España y de Chile, poniendo énfasis en aquellas fuentes no legislativas circulantes en Europa y en Chile durante la primera mitad del siglo XIX. Esta coincidencia es notable desde que dos legislaciones independientes, al menos en teoría, tuvieron las mismas influencias para efectos de construir un sistema de registro de la propiedad adecuado a los nuevos tiempos que corrían, y que, por problemas de índole político y práctico, no tuvieron una expresión legal sino hasta mucho después de haber sido publicadas. Nos referimos a los textos de Anthoine de Saint-Joseph de 1840, llamado Concordance entre les codes civils étrangers et le Code Napoleón, traducido al castellano por los abogados de Madrid, Fermín Verlanga y Juan Muñiz en 1843; y, al libro del jurista Florencio García Goyena que data de 1852, titulado Concordancias, motivos y comentarios del Código Civil español, en el cual hizo aportes notables el jurista Claudio Antón de Luzuriaga.Santiago Zárate G.
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2022-09-202022-09-20226ág. 731750Remoto origen de la prohibición de apropiarse el acreedor de bienes del deudor o de tomarlos en prenda contra la voluntad de este
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El repudio a los actos de apropiación ilegítima del acreedor sobre bienes del deudor, aunque aquel pudiera tener un interés patrimonial, arranca de principios éticos y religiosos que originaron reglas de derecho que sobreviven hasta hoy. Este trabajo tiene por objeto demostrar que las disposiciones de los artículos 2392 y 2397 inciso segundo del Código Civil Chileno, tienen un remotísimo origen que se pierde en el horizonte de la historia, que fue recogido en dicho texto por Andrés Bello. Estas prohibiciones se refieren a tres materias específicas: a) La de apropiarse el acreedor de bienes del deudor para pagarse de su crédito, contenida hoy en el inciso segundo del artículo 2397 del Código Civil Chileno; b) La de tomar en prenda el acreedor bienes del deudor para asegurar el pago de su crédito, contenida en el inciso primero del artículo 2392; y c) La de retener el acreedor bienes del deudor para asegurar el pago de su crédito, contenida en el Inciso segundo del artículo 2392.Jenny Barra Hurtado
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2022-09-202022-09-20226ág. 751780Valentín Letelier y el derecho administrativo
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El presente trabajo estudia la instalación de la primera cátedra universitaria de Derecho Administrativo en Chile (1888), a cargo del profesor Valentín Letelier, y la orientación que este dio a la misma: a favor de un Estado interventor de marcado carácter social. Asimismo, analiza cómo aquélla se llevó a la práctica en el Gobierno de Carlos Ibáñez del Campo (1927-1931), y el rol que al respecto cupo a Pablo Ramírez Rodríguez, su Ministro de Hacienda (1927-1929).Cristián Román Cordero
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2022-09-202022-09-20226ág. 781796Las universidades trasandinas de Chile y de C´órdoba del Tucumán una historia jamás contada
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El autor traza un paralelo entre el desarrollo de la universidad como institución en Europa en la Baja Edad Media y su transplante a las Indias. Se detiene en el nacimiento y desarrollo de dos de ellas, que han llegado a ser la Universidad de Chile y la Universidad de Córdoba, cuyos orígenes indianos permitieron un desenvolvimiento de los que sus características barroca y moderna el autor analiza en cuanto las han marcado con sus respectivas improntas. Diversas periodificaciones son mostradas las que permiten trazar paralelos y marcar diferencias. El lector recibe orientación en cuanto a la producción histriográfica que se ha escrito en torno a las universidades iberoamericanas y sus logros.Bernardino Bravo Lira
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2022-09-202022-09-20226ág. 797812Aldo Topasio Ferreti
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El 4 de noviembre de 2019 falleció Aldo Topasio Ferretti, distinguido catedrático de Derecho Romano e Historia del Derecho, miembro de la Sociedad que en Chile agrupa a los cultores de ambas disciplinas. Su vida estuvo siempre vinculada a la V Región de Valparaíso, en la que hizo sus estudios, cursándolos en la Universidad de la que llegó a ser catedrático a contar de 1970.Antonio Dougnac Rodríguez
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2022-09-202022-09-20226ág. 869872Alejandro Guzmán Brito (Santiago de Chile, 1945- Valparaiso, 2021)
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Alejandro Guzmán nació en Santiago de Chile el 21 de marzo de 1945, hijo de don Alejandro Guzmán Ramírez y doña Gulmara Brito Ibarra. Por razones profesionales relativas a las actividades portuarias del padre, la familia se trasladó a Valparaíso, donde terminó radicándose definitivamente.Antonio Dougnac Rodríguez
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2022-09-202022-09-20226ág. 873881Silva Vargas, Fernando. Poder y redes
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Esta magnifica obra histórico jurídica, producto de una investigación profunda y completa sobre la vida, orígenes y contexto histórico en que vivió don Francisco Ibáñez de Peralta, se divide en cinco partes y veintidós capítulos.Oscar Dávila Campusano
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2022-09-202022-09-20226ág. 859862Bello, Andrés.Teoría de la legislación universal, según Jeremías Bentham
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Este libro consta de un prólogo, debido al profesor Alejandro Guzmán Brito, que constituye su última obra publicada (p. 13), hecho digno de destacar atendido su inesperado fallecimiento; un estudio preliminar –“Las ideas de Jeremías Bentham en la obra jurídica de Andrés Bello y su influencia en Chile”– de Felipe Vicencio Eyzaguirre (pp. 39- 111), acompañado de la correspondiente bibliografía (pp. 113-157), seguido de la obra escrita bajo la inspiración de Andrés Bello, por Ramón Briseño –“Teoría de la legislación universal, según Jeremias Bentham”– (pp. 167-324). Se trata del texto del primer curso que ofreciera Andrés Bello, recién llegado a Chile en 1830, a los alumnos del Colegio de Santiago. Uno de ellos, Ramón Briseño (Santiago, 1814 - Santiago, 1898), quien después llegaría a ser un destacado bibliógrafo y ocuparía diversos relevantes cargos públicos, elaboró unos apuntes de las clases impartidas por el maestro venezolano. Antonio Dougnac Rodríguez
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2022-09-202022-09-20226ág. 863868En torno a la lex scantinia
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La opinión social de los romanos en torno a la homosexualidad se mantendrá negativa en el tiempo, pero el tenue intento de penarla a través de la introducción de la lex Scantinia no resultará efectivo. Dicha norma se introdujo para perseguir el homosexualismo en general y no específicamente los casos de pederastia, como se ha venido diciendo, pero los romanos incumplieron la ley reiteradamente. Será la llegada del cristianismo la que ponga fin abruptamente a la permisividad.Juan Pérez Carrandi
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2022-09-202022-09-20226ág. 813834Informes vaticanos sobre Chile al iniciarse el pontificado de Benedicto XV
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El autor se refiere a ciertos informes diplomáticos que se presentaban al Papa que asumía sus funciones para ponerle al tanto de la situación de las relaciones de la Santa Sede con determinados países. Iniciada la práctica a la asunción de Pío X (1903-1914), continuó con Benedicto XV (1914-1922), quien recibió uno relativo a Chile del internuncio Enrico Sibilia. Recalcaba este las buenas relaciones con el gobierno de Chile, mas no con la Curia chilena, a la que calificaba de inficionada de galicanismo, que el clero adquiría en su formación en los Seminarios. Trata de los recursos de fuerza (terminados en 1874), de la consideración del Papa como un obispo más, del sistema de presentación sobre el que había una suerte de entendimiento entre Chile y la Santa Sede y del mal trato que, en general, habían recibido los representantes papales, el que atribuía a la acción de los dirigentes eclesiásticos chilenos. Como solución sugería la subscripción de un Concordato en que se abordaran y zanjaran estas materias. Carlos Salinas Araneda
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2022-09-202022-09-20226ág. 835858